jueves, 30 de mayo de 2013

VIII Jornadas sobre Derecho Concursal en Pontevedra.

La Cámara de Comercio, Industria y Navegación de Pontevedra organiza la VIII EDICIÓN DE LAS JORNADAS DE DERECHO CONCURSAL que se celebrarán en el Pazo da Cultura durante el 30 y 31 de mayo de 2013.

El programa lo puede descargar para su consulta en el siguiente enlace.

http://www.camarapontevedra.com/joomla/docs_externos/Docs_13/VIII%20JORNADAS%20CONCURSAL%202013.pdf


 

miércoles, 29 de mayo de 2013

Acta y conclusiones de la Jornada de Jueces y Magistrados sobre cláusulas abusivas en los contratos hipotecarios tras las jurisprudencia del TJUE.

 

El pasado 8 de mayo tuvo lugar un curso de formación de Jueces y Magistrados especializados en el ámbito Mercantil, Primera Instancia, Audiencias Provinciales y los miembros de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo. Abordaron la novedosa doctrina en materia de cláusulas abusivas en los préstamos hipotecarios, con especial incidencia de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Más de 20 magistrados de órganos judiciales de todos los Tribunales Superiores de Justicia y los miembros de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo se reunieron el 8 de mayo en un curso organizado por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) para debatir sobre las repercusiones de la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en materia de cláusulas abusivas en los procedimientos de ejecución hipotecaria, con especial referencia al régimen transitorio.

Los magistrados de Mercantil, Primera Instancia y secciones especializadas de Audiencias Provinciales provenían de órganos judiciales de toda España. Reunidos con los miembros de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, analizaron la doctrina del TJUE en esta materia, que es de obligado cumplimiento para todos los países miembros.

Los mediadores de los debates fueron los vocales Manuel Almenar y Ramón Camp. Acudieron todos los miembros de la Sala de lo Civil del Supremo y su presidente, Juan Antonio Xiol, director a su vez del curso. El curso fue inaugurado y clausurado por el vicepresidente del CGPJ, Fernando de Rosa.


Acceso al acta íntegra de la Jornada, junto con las conclusiones definitivas.

 CONCLUSIONES ENCUENTRO SOBRE EJECUCIÓN HIPOTECARIA



miércoles, 15 de mayo de 2013

En marzo se crean 8.335 sociedades, un 4,6% menos que en el mismo mes del año anterior.

 
En marzo se crean 8.335 sociedades, un 4,6% menos que en el mismo mes del año anterior, y se disuelven 1.932, un 7,2% menos. Las comunidades con mayor dinamismo empresarial1 son Cantabria (16,2%), Principado de Asturias (12,8%) y Castilla y León (9,4%).
 

En el mes de marzo se crean 8.335 sociedades mercantiles, un 4,6% menos que en el mismo mes de 2012. El capital suscrito para su constitución supera los 466 millones de euros, lo que supone un descenso del 57,8%. El capital medio suscrito (55.966 euros) disminuye un 55,8% en tasa anual.


Por otro lado, en el mes de marzo amplían capital 2.885 sociedades mercantiles, un 15,6% menos que en el mismo mes de 2012. El capital suscrito en las ampliaciones registra un aumento del 13,8% y supera los 3.744 millones de euros. El capital medio suscrito en estas operaciones (1.298.007 euros) se incrementa un 34,8% en tasa anual.


El número de sociedades mercantiles disueltas en marzo es de 1.932, un 7,2% menos que en el mismo mes del año anterior. De éstas, el 70,0% lo hicieron voluntariamente el 4,5% por fusión y el 25,5% restante por otras causas.

 
1 Dinamismo empresarial: Evolución del número de sociedades mercantiles, entendida como la tasa de variación anual de la constitución de sociedades mercantiles.


Sociedades mercantiles creadas, que amplían capital y disueltas.


                                                                                     Total                                     % Variación
                                                                                                                 Mensual  Anual Anual acumulada
 
Sociedades mercantiles creadas
Número                                                                              8.335                          -3,6       -4,6          3,7
Capital suscrito (miles de euros)                                     466.480                        -18,6       -57,8    -11,8
Capital medio suscrito (euros)                                          55.966                         -15,6       -55,8    -14,9
Sociedades mercantiles que amplían capital
Número                                                                              2.885                         -20,9         -15,6      -9,4
Capital suscrito (miles de euros)                                       3.744.751                   -22,5          13,8    107,7
Capital medio suscrito (euros)                                          1.298.007                   -2,0             34,8    129,2
Sociedades mercantiles disueltas
Número                                                                              1.932                         -24,8         -7,2          7,6
-Voluntarias                                                                        1.352                          -27,9       -4,7           5,6
-Fusión                                                                                    87                         -61,0       -56,7         -11,8
-Otras                                                                                     493                            5,1          6,7       30,4

 

Resultados por actividad económica principal.


El 21,9% de las sociedades mercantiles creadas en marzo corresponde al Comercio y el 20,1% a la Construcción. En cuanto a las sociedades disueltas, el 23,6% pertenece a la Construcción y el 22,3% al Comercio.

La actividad económica con mayor saldo neto de sociedades mercantiles creadas es el Comercio, con 1.395 sociedades. Agricultura y pesca es la que presenta el menor saldo neto, con 153 sociedades creadas.

La actividad con mayor capital suscrito de sociedades mercantiles creadas es Inmobiliarias, financieras y seguros, con 190,77 millones de euros. Información y comunicaciones presenta el capital menor, con 3,10 millones.

Información provincial.
 
Los resultados provinciales de esta nota de prensa pueden consultarse en la siguiente dirección de la página web del INE:
 
http://www.ine.es/daco/daco42/daco424/smpro0313.pdf


jueves, 9 de mayo de 2013

Los procedimientos concursales marcan un récord desde el inicio de la crisis.

 
La estadística trimestral que elabora el INE para evaluar el número de procesos concursales, antiguas suspensiones de pagos, ha batido entre enero y marzo de este año un récord desde que se iniciara la crisis hace ya seis años. Solo durante los tres primeros meses del año se contabilizaron en España 2.854 sociedades que entraron en concurso por no poder afrontar el peso de sus deudas, lo que supone la cifra más alta desde que se empezó a elaborar esta estadística en el año 2005 y un incremento del 23 % respecto al mismo período del 2012.


Entre enero y marzo pasados se contabilizaron en la comunidad gallega 134 procesos concursales, lo que equivale al 4,6 % del total registrado en España, un porcentaje inferior al peso que tiene la economía gallega en el conjunto del Estado. De hecho, Galicia es una de las tres autonomías donde han bajado las suspensiones de pagos (- 7,6 %), solo superada por Valencia (-9,6 %) y por encima de Andalucía (-4,9 %).


Las dificultades de acceso al crédito y la imposibilidad de refinanciar los vencimientos de deuda a corto plazo están abocando a cientos de empresas de toda España a declararse en suspensión de pagos y a renegociar sus deudas con los acreedores para evitar la quiebra.


Madrid es, con 377 procedimientos, una de las tres comunidades autónomas con mayor número de concursos de acreedores entre las empresas durante el primer trimestre de este año, según el INE. Únicamente la superan Cataluña, con 577 concursos, y las islas Baleares, con 385. Entre las tres acumulan el 57,8% de todos los procedimientos de España.


En la línea con lo sucedido ya con los últimos años desde el inicio de la crisis, el 25 % de las empresas que entran en concurso pertenecen al sector de la construcción, el 17,1 % al comercio y el 16,3 % a la industria y a la energía.


Los datos del INE muestran que en cuanto al número de asalariados, el 74,1 % del total de empresas que acaban en suspensión de pagos tienen menos de 20 asalariados, lo que evidencia los graves problemas de viabilidad que atenazan a las micropymes españolas.


Por el tipo de concurso, entre enero y marzo se registraron en el conjunto del país 2.727 procesos voluntarios - lo que representa un incremento del 25 % respecto al mismo trimestre del 2012- y 127 necesarios -lo que supone un 17 % menos-, según el INE. Galicia contabilizó a lo largo de todo el pasado año 481 procesos concursales. Entre enero y marzo de este 2013 casi ha registrado ya casi un tercio de esa cifra, con 134 suspensiones de pagos.
 
http://www.ine.es/daco/daco42/epc/epcpro0113.pdf

viernes, 3 de mayo de 2013

¿Cuándo es obligatorio auditar las cuentas anuales?.

 La Ley de Sociedades de Capital establece que las cuentas anuales y, en su caso, el informe de gestión, deberán ser revisados por auditores de cuentas en aquellas sociedades que durante dos ejercicios consecutivos superen al menos dos de los tres límites que indicamos a continuación:

 
1. Total activo: 2.850.000 euros.
2. Importe Neto Cifra de Negocios: 5.700.000 euros.
3. Número medio de trabajadores: 50.

 
 Existen más supuestos de auditoría obligatoria pero el criterio anteriormente expresado es el más frecuente.
 
 
Ingresos procedentes de las Administraciones Públicas:
 
- Las sociedades que durante un ejercicio social hubiesen recibido subvenciones o ayudas con cargo a los presupuestos de las Administraciones Públicas o a fondos de la Unión Europea, por un importe total acumulado superior a 600.000€. Estas sociedades, deberán someter a auditoría las Cuentas Anuales correspondientes a dicho ejercicio y a los ejercicios en que se realicen las operaciones o ejecuten las Inversiones correspondientes a las citadas subvenciones o ayudas.


- Las sociedades que durante un ejercicio económico hubiesen realizado obras, gestión de servicios públicos, suministros, consultoría y asistencia y servicios a las Administraciones Públicas, por un importe total acumulado superior a 600.000€, y éste represente más del 50% del importe neto de su cifra anual de negocios. Estas sociedades deberán someter a auditoría las cuentas anuales de dicho ejercicio social y del siguiente.

 - Obligación de auditoría por otras CAUSAS - CIRCUNSTANCIAS:


SOLICITUD SOCIOS: Deben representar al menos el 5 por 100 del capital social y hacer la solicitud antes de tres meses después del cierre del ejercicio.
 
ACUERDO DEL JUZGADO: Por solicitud fundada de quien acredite un interés legítimo, siendo los honorarios a cargo del peticionario si no resultan vicios o irregularidades esenciales.

ACTIVIDAD:
   
• Las sociedades que emitan acciones cotizadas en bolsa.
• Las sociedades que emitan obligaciones en oferta pública.
• Las sociedades que sean intermediarios financieros.
• Las sociedades que tengan actividad aseguradora dentro de los límites que reglamentariamente se establezcan.

La causa más frecuente de que exista obligación de auditoría es la de que concurran dos de los tres criterios que fija el Artículo 263 de la Ley de Sociedades de Capital, por remisión al artículo 257 de la Ley de Sociedades de Capital. Pero, paradójicamente, esta suele ser la causa que más desapercibida pasa para las sociedades que, muchas veces, no se percatan de que tienen obligación legal de auditarse hasta que reciben la notificación del Registro Mercantil indicándoles que no se puede proceder al depósito de las cuentas anuales porque, estando obligadas a auditarse, no acompañan el correspondiente informe de auditoría. Por ello es importante que dentro de las gestiones de cierre contable y fiscal incluya un punto más: la evaluación de si cumple con los límites de auditoría y por lo tanto, está obligado a auditarse.


 Artículo 263. Auditor de cuentas.

 

1. Las cuentas anuales y, en su caso, el informe de gestión deberán ser revisados por auditor de cuentas.
2. Se exceptúa de esta obligación a las sociedades que puedan presentar balance abreviado.


 Artículo 257 Balance y estado de cambios en el patrimonio neto abreviados.

                   

1. Podrán formular balance y estado de cambios en el patrimonio neto abreviados las sociedades que durante dos ejercicios consecutivos reúnan, a la fecha de cierre de cada uno de ellos, al menos dos de las circunstancias siguientes:

 
        
  • a) Que el total de las partidas del activo no supere los dos millones ochocientos cincuenta mil euros.
  • b) Que el importe neto de su cifra anual de negocios no supere los cinco millones setecientos mil euros.
  • c) Que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio no sea superior a cincuenta.
Las sociedades perderán esta facultad si dejan de reunir, durante dos ejercicios consecutivos, dos de las circunstancias a que se refiere el párrafo anterior.

2. En el primer ejercicio social desde su constitución, transformación o fusión, las sociedades podrán formular balance y estado de cambios en el patrimonio neto abreviados si reúnen, al cierre de dicho ejercicio, al menos dos de las tres circunstancias expresadas en el apartado anterior.

3. Cuando pueda formularse balance y estado de cambios en el patrimonio neto en modelo abreviado, el estado de flujos de efectivo no será obligatorio.

 

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