lunes, 8 de septiembre de 2014

Real Decreto Ley sobre medidas urgentes en materia concursal, la enésima reforma de la Ley Concursal.

El Consejo de Ministros ha aprobado el pasado viernes 5 de Septiembre, un Real Decreto Ley sobre medidas urgentes en materia concursal, cuyo objetivo es facilitar los acuerdos que permitan la supervivencia de empresas que entren en un proceso concursal.

La vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, ha dicho que la medida trata de garantizar la supervivencia de empresas con dificultades financieras pero que son viables. El ministro de Economía y Competitividad, Luis de Guindos ha precisado que de todas las empresas que entran en procedimiento concursal, el 95% se liquida, y este porcentaje es muy superior a los de otros países de nuestro entorno. En esta línea, en opinión del ministro una "empresa viva es algo que vale y es mucho más fácil evitar que se destruya o que desaparezca una empresa que crear una nueva".

El ministro ha explicado que la norma completa las medidas ya implantadas para la fase preconcursal y actúa en el procedimiento concursal facilitando el acuerdo entre los distintos tipos de acreedores: públicos, financieros, laborales y comerciales. A partir de ahí se aplica un procedimiento para la toma de decisiones que permite reducir el endeudamiento y convertir deuda en capital en función de las decisiones que tomen los acreedores.

Por otra parte, la medida favorece que los acreedores privilegiados, es decir que tienen una garantía hipotecaria, no obstaculicen la toma de decisiones sobre la globalidad del endeudamiento de las empresas.

El Real Decreto-ley facilita la venta del conjunto de una empresa y evita que se vaya vendiendo por distintos tipos de activos, lo cual lleva a su desaparición. Luis de Guindos ha dicho que se facilitará la transmisión, la subrogación de los diferentes tipos del nuevo comprador en relación con los anteriores y se establecerán una serie de actuaciones que, en su opinión, "van a impulsar que las empresas que están en concurso en su fase final puedan mantener su actividad", lo cual es favorable para el conjunto de la actividad económica, para sus trabajadores y para los acreedores que tendrán garantizado un porcentaje de cobro superior al que hubieran obtenido en el supuesto de la liquidación de las mismas.

El texto da cumplimiento a una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de forma que el deudor hipotecario podrá interponer recurso de apelación contra el auto que desestime su oposición a la ejecución, si esta se fundara en la existencia de una cláusula contractual abusiva.

Además, contempla la creación de un portal telemático en el Boletín Oficial del Estado (BOE) con la información de las empresas en liquidación para que los potenciales compradores puedan tener una información actualizada.

También se creará una comisión de seguimiento que analizará cómo evoluciona el nivel de endeudamiento y propondrá medidas al Gobierno para mejorar la reducción de la deuda.