miércoles, 1 de octubre de 2014

Nueva reforma de la Ley Concursal, por la Ley 17/2014.

El BOE publica hoy la Ley 17/2014, de 30 de septiembre, por la que se adoptan medidas urgentes en materia de refinanciación y reestructuración de deuda empresarial, que modifica varios artículos de la Ley Concursal.

En primer lugar, se modifica el artículo 5 bis, permitiendo que la presentación de la comunicación de iniciación de negociaciones para alcanzar determinados acuerdos pueda suspender, durante el plazo previsto para llevarlas a efecto, las ejecuciones judiciales de bienes que resulten necesarios para la continuidad de la actividad profesional o empresarial del deudor. 

Además se introducen varios cambios en el Título ll de la Ley, que regula el régimen de la administración concursal. Se reforma el sistema de designación de la administración concursal, cuyo funcionamiento será desarrollado mediante reglamento y se introducen modificaciones en los principios rectores de la remuneración de la administración concursal. También se modifica el artículo 56, para limitar los supuestos de suspensión de ejecución de bienes dotados de garantía real a aquellos que resulten necesarios para la continuidad de su actividad profesional o empresarial.

Ley 17/2014

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